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IV. Apertura de Sucursales, Agencias, Oficinas
La empresas y entidades que aperturan otros establecimientos en sedes diferentes a su principal, posterior a su autorización como sede principal, deberán solicitar la autorización de la AAT, adjuntando los siguientes requisitos.
- Para las entidades que solicitan registro como servicios complementarios y requieran de la autorización de otro Sector deberán presentar, copia de la autorización expedida por la entidad competente (Ver Sectores).
- Declaración jurada simple y escrita de domicilio correspondiente al establecimiento (DESCARGUE FORMATO)
- Para el caso de sucursales: Copia literal de la partida electrónica de la escritura de creación de sucursal, debidamente inscrita en los Registros Públicos del lugar donde abrirá la sucursal.
Actualizado el: 2012-08-15 16:48:01
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